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Norma

Norma general para aditivos alimentariosGeneral Standard for Food Additives

Resumen

Según esta norma, se entiende por aditivo alimentario “cualquier sustancia que en cuanto tal no se consume normalmente como alimento, ni tampoco se usa como ingrediente básico en alimentos, tenga o no valor nutritivo, y cuya adición intencionada al alimento con fines tecnológicos (incluidos los organolépticos) en sus fases de fabricación, elaboración, preparación, tratamiento, envasado, empaquetado, transporte o almacenamiento, resulte o pueda preverse razonablemente que resulte (directa o indirectamente) por sí o sus subproductos, en un componente del alimento o un elemento que afecte a sus características. Esta definición no incluye ‘contaminantes’ o sustancias añadidas al alimento para mantener o mejorar las cualidades nutricionales”.

Este documento consta de tres elementos principales:

  • Preámbulo
  • Anexos. El anexo A es una directriz para el examen de las dosis máximas de uso de los aditivos a los que el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) ha asignado una ingestión diaria admisible (IDA) numérica. El anexo B contiene una lista de categorías del sistema de clasificación de alimentos utilizada para preparar y organizar los cuadros 1, 2 y 3 de esta norma. El anexo C contiene referencias al sistema de clasificación de alimentos y a las normas para productos del Codex Alimentarius.
  • Disposiciones sobre aditivos alimentarios. En el cuadro 1 se especifica —para cada uno de los aditivos alimentarios o de los grupos de estos (presentados en orden alfabético) a los que el JECFA ha asignado una IDA numérica— las categorías de alimentos (o los alimentos) en que se reconoce el uso del aditivo, las dosis máximas de uso para cada alimento o categoría de alimentos y su función tecnológica. En el cuadro 2 se ofrece la misma información que en el cuadro 1, pero mostrada en orden numérico de categoría de alimentos. En el cuadro 3 figura la lista de los aditivos con una IDA del JECFA no especificada o no limitada, cuyo uso en los alimentos en general está autorizado en dosis quantum satis y según los principios de las buenas prácticas de fabricación descritos en el apartado 3.3 del preámbulo.

Esta norma se encuentra en cuatro idiomas distintos:

  • Tipo de documento:Norma
  • Formato:pdf
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Información del documento

  • Titulo:Norma general para aditivos alimentarios
  • Autor:Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios / Comisión del Codex Alimentarius
  • Tipo:Norma
  • Año:1995
  • Idioma:
  • Editor:Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios / Comisión del Codex Alimentarius
  • Materias:Alimentos Tecnología de alimentos
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